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Requisitos para la habilitación de
Técnicos Deportivos en Cataluña
Currículo formativo
Dentro de este ámbito se valorará la formación recibida en la
correspondiente modalidad o especialidad deportiva. En todos los casos
habrá que aportar, como documento justificativo, el certificado de la
formación recibida, que contendrá, como mínimo:
- La entidad organizadora.
- La denominación del curso o la formación.
- El contenido de la formación.
- La duración de la formación expresada en horas.
Experiencia deportiva:
Dentro de este ámbito se valorará la experiencia deportiva en el
entrenamiento de la correspondiente modalidad deportiva, incluyendo
las tareas complementarias como las competiciones, la preparación y la
planificación.
En todos los casos hay que aportar, como documento justificativo:
- Certificación emitida por el/la secretario/a de la correspondiente
federación o entidad, que contendrá, como mínimo:
- Descripción de la actividad.
- Responsabilidad que ha ejercido la persona certificada.
- Periodo de tiempo de la colaboración.
- Dedicación horaria correspondiente a la colaboración.
- Declaración jurada de la persona interesada.
Experiencia profesional
Dentro de este ámbito se valorará la experiencia profesional en el
ámbito del deporte, tanto de vida laboral acreditada como de
voluntariado, directamente relacionada con la correspondiente
modalidad o especialidad deportiva.
Se tendrá que aportar, como documentos justificativos, el certificado
emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social o de la
mutualidad laboral que corresponda o el certificado emitido por la
entidad en el que consten las tareas, actividades o funciones
ejercidas por la persona interesada. En el caso de las personas
trabajadoras autónomas, también se tendrá que aportar la copia de la
liquidación del impuesto de actividades económicas o del modelo de
declaración censal del Ministerio de Hacienda.
LA FECHA MÁXIMA DE PRESENTACIÓN ES 31 DICIEMBRE 2010
CONSEJO CATALÁN DEL DEPORTE. RESOLUCIÓN
VCP/333/2010, de 1 de febrero, por la que se abre la convocatoria para
la habilitación del ejercicio de las profesiones del deporte previstas
en la Ley 3/2008, de 23 de abril, del ejercicio de las profesiones del
deporte, sin disponer de la titulación requerida en la Ley.
El plazo de presentación de solicitudes para la habilitación queda
abierto desde el día siguiente de la publicación de la Resolución en
el DOGC, hasta el 31 de diciembre de 2010.
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